DERECHOS DEL
PACIENTE
1.-
Recibir atención médica:
El paciente tiene derecho a que la atención médica
se le otorgue por personal preparado de acuerdo a las necesidades de su estado
de salud y a las circunstancias en que se brinda la atención; así como a ser
informado cuando requiera referencia a otro médico.
2.- Recibir
trato digno y respetuoso
El paciente tiene derecho a que el médico, la enfermera y el personal
que le brinde atención médica, se identifiquen y le otorguen un trato digno,
con respeto a sus convicciones personales y morales, principalmente las
relacionadas con sus condiciones socioculturales, de género, de pudor y a su
intimidad, cualquiera que sea el padecimiento que presente, y se haga
extensivo a los familiares o acompañantes.
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3.- Recibir información suficiente, clara, oportuna y veraz
El paciente, o en su caso el responsable, tiene derecho a que el
médico tratante les brinde información completa sobre el diagnóstico,
pronóstico y tratamiento; se exprese siempre en forma clara y comprensible;
se brinde con oportunidad con el fin de favorecer el conocimiento pleno del
estado de salud del paciente y sea siempre veraz, ajustada a la realidad.
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4.-Decidir libremente sobre su atención
El paciente, o en su caso el responsable, tienen derecho a decidir con
libertad, de manera personal y sin ninguna forma de presión, aceptar o
rechazar cada procedimiento diagnóstico o terapéutico ofrecido, así como el
uso de medidas extraordinarias de supervivencia en pacientes terminales.
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5.-Otorgar o no su consentimiento válidamente
informado
El paciente, o en su caso el responsable, en los supuestos que así lo
señale la normativa, tiene derecho a expresar su consentimiento, siempre por
escrito, cuando acepte sujetarse con fines de diagnóstico o terapéuticos, a
procedimientos que impliquen un riesgo, para lo cual deberá ser informado en
forma amplia y completa en qué consisten los beneficios que se esperan, así
como de las complicaciones o eventos negativos que pudieran presentarse a
consecuencia del acto médico.
Lo anterior incluye las situaciones en las cuales el paciente decida participar en estudios de investigación o en el caso de donación de órganos. |
6.- Ser tratado
con confidencialidad
El paciente tiene derecho a que toda la información que exprese a su
médico, se maneje con estricta confidencialidad y no se divulgue más que con
la autorización expresa de su parte, incluso la que derive de un estudio de
investigación al cual se haya sujetado de manera voluntaria; lo cual no limita
la obligación del médico de informar a la autoridad en los casos previstos
por la ley.
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7.- Contar
con facilidades para obtener una segunda opinión
El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información
necesaria para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, pronóstico o
tratamiento relacionados con su estado de salud.
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8.- Recibir
atención médica en caso de urgencia
Cuando está en peligro la vida, un órgano o una función, el paciente
tiene derecho a recibir atención de urgencia por un médico, en cualquier
establecimiento de salud, sea público o privado, con el propósito de
estabilizar sus condiciones.
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9.- Contar con un
expediente clínico
El paciente tiene derecho a que el conjunto de los datos relacionados
con la atención médica que reciba sean asentados en forma veraz, clara,
precisa, legible y completa en un expediente que deberá cumplir con la
normativa aplicable y cuando lo solicite, obtener por escrito un resumen
clínico veraz de acuerdo al fin requerido.
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10.- Ser atendido
cuando se inconforme por la atención médica recibida
El paciente tiene derecho a ser escuchado y recibir respuesta por la
instancia correspondiente cuando se inconforme por la atención médica
recibida de servidores públicos o privados.
Asimismo tiene derecho a disponer de vías alternas a las judiciales para tratar de resolver un conflicto con el personal de salud. |
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